LA OPOSICIÓN AL SISTEMA LIBERAL: LAS GUERRAS CARLISTAS. LA CUESTIÓN FORAL.


1.- LA CUESTIÓN DINÁSTICA

El final del reinado se vio marcado por la cuestión sucesoria. Fernando no tenía descendencia pese a sus tres matrimonios previos, así que en 1829 se casó con su sobrina María Cristina de Borbón, que a los pocos meses queda embarazada planteando el problema sucesorio. Los absolutistas moderados aliados con los liberales y sectores de la aristocracia partidaria de las reformas políticas y económicas apoyaron a la nueva reina, en quien veían la única posibilidad de cambio. Por otro lado los absolutistas intransigentes se alineaban con don Carlos.
Fernando VII promulgaba el 29 de marzo de 1830 la Pragmática Sanción que eliminaba la Ley Sálica y restablecía la línea sucesoria de las Partidas. Significaba poner en vigor una decisión aprobada por las Cortes de 1789, lo que, si bien era legal desde el punto de vista jurídico, no dejaba de ser una medida polémica. Protestada por los carlistas como un atentado contra los derechos de infante don Carlos, se convirtió en un conflicto de primera magnitud cuando en octubre nace la infanta Isabel, convertida en heredera.
En septiembre de 1832 se van a producir los sucesos de la Granja, cuando sucesivas intrigas palaciegas, ante el lecho del Rey agonizante, consiguen que Fernando firme la supresión de la Pragmática. Pero, sorprendentemente el Rey se restablece y vuelve a ponerla en vigor. Inmediatamente destituye a los principales ministros carlistas, defenestrando a Calomarde y sustituyéndole por Cea Bermúdez, al tiempo que la reina María Cristina es autorizada a presidir el Consejo de Ministros.
Rápidamente de decreta la reapertura de la Universidades, cerradas desde 1830 por Calomarde, y se decreta una amnistía general, que libera a los presos políticos y permite la vuelta de los exiliados. Los capitanes generales más intransigentes fueron sustituidos por mandos fieles a Fernando VII y en abril Carlos abandona la Corte y se traslada a Portugal.
El 29 de septiembre de 1833 moría el rey Fernando VII, apenas dos días después, el 1 de octubre, don Carlos publicaba el Manifiesto de Abrantes reclamando para sí el trono como legítimo heredero. A partir del día 3 diversas autoridades locales le reconocen como su legítimo soberano, como Talavera de la Reina, Bilbao o la diputación de Álava.

2.- LOS CARLISTAS

El carlismo tuvo un fuerte componente ideológico y de clase estando formado por los absolutistas más intransigentes, herederos de los firmantes del manifiesto de los realistas puros de 1826. Eran partidarios del legitimismo,la alianza entre el trono y el rey y la vuelta al gobierno clásico del Antiguo Régimen. Su lema sería “Dios, Patria y Rey”
Socialmente el carlismo estaba apoyado por parte de la nobleza y miembros ultraconservadores de la administración y el Ejército. Además del bajo clero, especialmente el clero regular, parte del campesinado e importantes sectores del artesanado.
Desde el punto de vista territorial sus principales apoyos estaban en el ámbito rural, la zona Norte, en el País Vasco, Navarra, Cataluña y el Maestrazgo

3.- LAS GUERRAS CARLISTAS

3.1.- La primera guerra carlista (1833-1840)

En ella el bando cristino o isabelino, agrupado en torno a la regente María Cristina y su hija Isabel II, tenía el respaldo de los sectores moderados y reformistas del absolutismo y de los liberales.
Eran la mayor parte de de los generales, del Ejército, la administración y altas jerarquías de la Iglesia. También la burguesía de negocios, los intelectuales y profesionales, las clases medias urbanas, obreros industriales y una parte del campesinado.
Geograficamente era la mitad sur de España y las ciudades. Además, contaron con el apoyo internacional, militar y diplomático, de la cuádruple alianza (Portugal, Inglaterra y Francia)
Los inicios de la guerra fueron favorables a los carlistas, sobre todo en el norte, donde el general Zumalacárregui derrotaba a las tropas gubernamentales y ponía sitio a Bilbao, donde moría en 1835.
En 1836 el general isabelino Espartero derrotaba a los carlistas en la batalla de Luchana y levantaba el segundo sitio de Bilbao.
Los carlistas intentaron varias expediciones al sur, el general Gómez en 1836 y la expedición Real en 1837 que intentó, sin éxito, tomar Madrid.
Finalmente, el general carlista Maroto firmará el convenio de Vergara, en 1839, con el isabelino Espartero. A cambio de entregar las armas y reconocer a Isabel como reina los carlistas no sufrirían represalias e incluso continuar en el Ejército.
La guerra terminó en 1840 cuando Espartero derroto al general carlista Cabrera en el Maestrazgo.

3.2.- La segunda guerra carlista (1846-1849)

Don Carlos se exilió y traspasó sus derechos a su hijo (Carlos VI) iniciando una dinastía paralela.
En 1846 se intentó pactar la boda del pretendiente con Isabel II, el fracaso de las negociaciones provocaron una nueva sublevación, la guerra de Dels Matiners. Consistió en un levantamiento en la zona de Cataluña a donde se trasladan partidas desde los Pirineos al mando del general Cabrera.
La falta de apoyos más allá de esta zona y la reacción gubernamental terminaron en la derrota carlista.

3.3.- La tercera guerra carlista (1872-1876)

La llegada al trono de Amadeo I y posterior proclamación de la Iª República estalla y se extiendo de nuevo el movimiento carlista. El nuevo pretendiente, Carlos VII, fijó su capital en Estella y el general Dorregaray derrotaba a los isabelinos en Montejurra en 1873.
Con la restauración de Alfonso XII, a partir de 1874, comienzan las victorias gubernamentales. A diferencia de la primera guerra esta terminará con la derrota militar carlista en la batalla de San Marcial en 1876.

4.- LA CUESTIÓN FORAL

4.1.- Las provincias Vascongadas
El carlismo levantó en los países forales la bandera del fin de los fueros, un modo peculiar de gobierno autonómico de cada una de las provincias y del señorío de Vizcaya,

  1. El gobierno foral en el País Vasco residía en las Juntas Generales, compartido con el Corregidor y demás representantes de la autoridad del Rey, a título de Señor en el caso de Vizcaya. Las Juntas Generales, integradas por miembros de cada una de las entidades municipales, tomaban acuerdos de carácter general y designaban a los representantes de la Diputación provincial en cada uno de los territorios.
  2. La aplicación de la justicia corría a cargo del Corregidor junto con la Diputación, salvo en los casos más graves, que eran remitidos a Valladolid, aunque se contaba con jueces propios. En 1841 fue derogado el llamado “pase foral”, un antiguo privilegio de las instituciones vascas a “obedecer pero no cumplir” y “retrasar pero no suspender” las disposiciones y órdenes del gobierno estatal.
  3. La exención tributaria, significaba que eran las Juntas las que ponían los impuestos que consideraban oportunos y que eran siempre menores que en la Corona de Castilla, además, las aduanas eran menores, por lo que la importación de productos extranjeros resultaba mucho más barata.
  4. En cuanto a la exención de ir al ejército, los vascos sólo tenían la obligación de, en caso de guerra, tomar las armas, formando milicias forales, que sólo defendían los territorios de cada una de las provincias.

Esto significaban, en líneas generales, los fueros de cada una de las entidades histórico-jurídicas del País Vasco, cada una con su fuero particular y su gobierno propio, sin estar jamás integradas en alguna forma de unidad entre ellas.
En 1841, las provincias vascas también perdieron algunos de sus antiguos privilegios forales, como las aduanas y las Juntas. No obstante conservó su exclusión privilegiada y excepcional del servicio militar obligatorio. En 1846, se produjo introducción de los llamados “conciertos económicos”. La cantidad total de esta aportación era fijada, de manera pactada, entre los representantes de las diputaciones forales de las tres provincias vascas y el gobierno estatal (este modelo fiscal especial resultó bastante ventajoso para la población vasca)

4.2.- El Reino de Navarra

Había conservado todas las peculiaridades administrativas y de gobierno, incluidas las Cortes, que se reunieron numerosas veces en el siglo XVIII y lo hicieron todavía entre 1828 y 1829. La plenitud de gobierno de Navarra era, por consiguiente, mayor que en las provincias vascas
En 1841, se aprobaron varias leyes según las cuales Navarra perdía sus aduanas, sus privilegios fiscales, sus exenciones militares y sus instituciones propias de gobierno, por ejemplo las Cortes. Pero a cambio, los navarros consiguieron un sistema fiscal muy beneficioso, consistente en le pago de un cupo contributivo único anual –de reducida cuantía- a la Hacienda Estatal.